¿Quién puede convocar una Conferencia Internacional sobre el Tratado para la Conservación del Espacio?

Cualquier Estado Miembro, bajo la autoridad del Artículo 102 de la Carta de las Naciones Unidas, puede convocar una Conferencia Internacional sobre el Tratado para la Conservación del Espacio.

Desde 1948, por encima de 40,000 acuerdos y Tratados han sido firmados, ratificados y depositados ante el Secretario General de las Naciones Unidas por Estados Miembros, bajo el Artículo 102 de la Carta de las NU. Cada Tratado, cada acuerdo internacional, introducido por cualquier Estado Miembro de las Naciones Unidas antes de la entrada en vigor de la presente Carta, debería ser registrado y publicado lo antes posible con el Secretariado.

Como fue el caso, en la Conferencia sobre el Tratado de las Minas Terrestres, que tuvo lugar en Canadá, un grupo informal de ONG's, asistieron la convocación de los Estados Miembros, movilizando a la opinión publica, preparando informes para los Estados Miembros y desarrollando materiales educacionales, en soporte a la Conferencia del Tratado.

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